por César Cruz Á.
A inicios del siglo XX, en México, trabajar en la industria ferroviaria implicó una serie de riesgos, los cuales provocaron golpes y lesiones leves, amputaciones de brazos o piernas y, en casos extremos, la muerte. En estas situaciones, de acuerdo con los reglamentos laborales de las compañías ferroviarias, la familia, particularmente las esposas, tenían derecho a reclamar una indemnización económica por el fallecimiento de sus esposos ferrocarrileros. Así, estas mujeres pasaron a ser cabezas y proveedoras de sus familias y hogares.
La presencia de los ferrocarrileros inundó tanto la imaginación y las representaciones culturales como los documentos generados por empresas y organizaciones gremiales y sindicales. A diferencia de ellos, las figuras femeninas en la vida de los rieleros lograron protagonismo sólo a la muerte de sus maridos, hijos o hermanos, cuando empujadas por la necesidad acudieron a diferentes instancias gubernamentales para reclamar lo que consideraban un derecho: ser indemnizadas económicamente por la muerte de sus familiares consecuencia de accidentes laborales.
Ejemplo de lo anterior es el caso de Margarita Godínez viuda de Jaramillo, quien, en 1934, escribió a Lázaro Cárdenas. En su carta detalló la situación por la que atravesaba. En 1925, su esposo, Julio Jaramillo, velador de la estación Golfo, en Monterrey, Nuevo León, había recibido un disparo en el omóplato izquierdo. A raíz del incidente, Julio transitó por distintos hospitales propiedad de la compañía ferroviaria. En una de esas ocasiones le amputaron el brazo y lo mandaron de regreso a sus actividades, “para que pudiera hacer uso de la mano que le faltaba le pusieron unos ganchitos y unas grapas sujetándole el muñón del morro de la mano”. Margarita señaló que debido a la mala praxis médica y a las complicaciones de salud derivadas de ella, su esposo había fallecido.
Después de relatar al primer mandatario su situación, Margarita solicitó a Cárdenas que se ocupara del asunto y resolviera a su favor la exigencia de indemnización, la cual podía ascender a un total de 468 días de salario. La petición de la viuda estaba guiada por el discurso cardenista en favor del sector obrero. De acuerdo con su interpretación, Cárdenas había “recomendado que se aplique el criterio revolucionario cuando se trate de un caso dudoso de los humildes”. Además, solicitó al presidente un abogado para que gestionara su demanda en la ciudad de México. Por sus constantes cartas, la viuda de Jaramillo logró que la petición fuera turnada a la oficina del jefe del Departamento del Trabajo. Desafortunadamente, no es posible conocer el desenlace de la controversia entablada por Margarita.
La experiencia de Margarita se inscribe en un conjunto de situaciones en las que las mujeres que habían perdido a sus maridos demandaron el reconocimiento oficial de su condición de viudas y, así, ser amparadas tanto por los reglamentos laborales internos de las compañías ferroviarias como por las nuevas disposiciones jurídicas en materia laboral. También, representan un llamado a la solidaridad de clase, dado que en ocasiones demandaron que las organizaciones gremiales o el sindicato actuaran a su favor dada la militancia que tuvieron sus maridos en vida, aunque no siempre lograron este cometido. Para lograr una sentencia favorable a sus intereses, las viudas enfrentaron diferentes obstáculos: desde las burocracias —tanto de las compañías ferroviarias como del Estado— hasta fraudes por parte de litigantes y representantes de las organizaciones obreras. Durante estas coyunturas, tuvieron que lidiar con sus condiciones materiales, las cuales de acuerdo con su testimonio eran bastante precarias, ya que debieron sostener a sus familias mientras desplegaron acciones para negociar y obtener lo que consideraron un derecho.

¡Qué interesante! Y pensar que hubo muchas mujeres que por desconocimiento, no tuvieron acceso a esas pensiones. 😓